Marzo no suele ser un mes fácil debido a los altos gastos en los que deben incurrir las familias en Chile y no se pueden omitir las deudas que pueden transformarse en un gran dolor de cabeza. Conoce a continuación cómo renegociar tus deudas durante este mes de marzo.
¿Es posible renegociar mis deudas en marzo y no quedar “moroso”?
La Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo entregó una serie de recomendaciones para renegociar tus deudas sin ser moroso.
Desde su plataforma web indican que la Renegociación es una herramienta gratuita que se encuentra dirigida a las personas endeudadas, cuya finalidad es renegociar las deudas con nuevas condiciones de pago, o bien, vender sus bienes para el pago de las mismas.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la renegociación?
- Tener dos o más deudasvencidas, por más de 90 días corridos, que sumen más de 80 UF.
- No haber emitido boletas de honorarios en los últimos 24 meses.
- No ser calificado como contribuyente de primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos.
- No haber sido notificado judicialmente de una demanda de liquidación forzosa o de un juicio ejecutivo en su contra.
¿Qué documentos debo presentar?
Es importante que reunas toda la documentación del listado de antecedentes para presentarlos al ingresar tu solicitud. Haz clic AQUÍ para descargarlos y una vez realizado este paso accede a este ENLACE con tu ClaveÚnica.
¿Qué sucede luego de ingresar mi solicitud?
Una vez ingresada la solicitud, la Superintendencia tendrá un plazo de 5 días para que un abogado y un contador revisen todos los antecedentes, dicha revisión pueden tener los siguientes resultados:
- Aceptar su solicitud y citarle a la primera audiencia.
- Ordenar que rectifique alguno de sus antecedentes, en cuyo caso tendrá un plazo de 15 días para hacerlo (lunes a viernes, excluye sábado, domingo y días festivos).
- Rechazar su solicitud si no cumple con alguno de los requisitos señalados en el punto N°1 o en el caso que no haya rectificado dentro del plazo concedido para hacerlo.
¿Qué pasará luego de la renegociación?
En caso de lograr un acuerdo, el deudor o deudora deberá acudir al lugar de su acreedor para firmar pagares que tengan contempladas los nuevos acuerdos logrados.
En relación a lo anterior, el deudor deberá solicitar una limpieza de sus antecedentes comerciales, tanto en la Comisión para el Mercado Financiero como en el Boletín Comercial, todo esto acompañando la resolución del acuerdo de renegociación.