Este sábado 15 de abril el Servicio Electoral de Chile (Servel) dio a conocer la lista de vocales de mesa de cara a la elección de Consejeros Constitucionalesdel 7 de mayo, quienes se encargarán de recibir un anteproyecto de la Comisión de Expertos para avanzar en lo que podría ser una nueva Constitución de Chile.

¿Cuándo se saben los vocales de mesa definitivos?

Desde este lunes 17 al 19 de abril habrá plazo para presentar las excusas válidas en caso de no presentarse como vocal de mesa en la Junta Electoral más cercana al domicilio. Finalizado este plazo se dará a conocer la lista de vocales de mesa definitivos para este 22 de abril.

¿Cuáles son las causales de excusa?

  • Estar comprendido entre las causales de inhabilidad delartículo 45 de laLey 18.700o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estarausente del paíso radicado en alguna localidad distantemás de trescientos kilómetroso con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas,otras funciones que encomiende esta ley.
  • Tener más de60 añosde edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitadode ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.
  • Cumplir labores enestablecimientos hospitalariosen los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Tratarse depersonas gestantesdurante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico.
  • También se considerará dentro de esta causal alpadre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar alcuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidaden los mismos días en que funcionen las mesas receptoras. Esta circunstancia deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial que deberá ser otorgada gratuitamente, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste la calidad de receptor del estipendio en el caso de cuidadores de personas con discapacidad.

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