Cada vez queda menos tiempo para Navidad.

Y desde ya, las personas comienzan a adelantar las compras de regalos para la época del Viejito Pascuero.

Por dicha razón, existe el Aguinaldo de Navidad, el cual es un aporte económicoentregado durante el mes de diciembrea todas las personas que seanpensionadosal30 de noviembre de 2021yque cumplan los requisitos establecidos.

Vale destacar, que este dinero no esta afecto a descuentos y nos tributable ni imponible.

En el caso del sector privado este aguinaldo no es obligatorio.

Sin embargo,un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldode Navidad en caso de que:

-Esté contemplado en sucontrato de trabajo.

-Exista un contrato o convenio colectivo en el que el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

-El empleador haya hecho esta concesión en una oportunidad anterior, pues se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por la norma laboral).

Conoce aquí los detalles.

¿Cuándo pagan el Aguinaldo de Navidad?

El beneficio es pagadojunto con la respectiva pensión de diciembre.

¿Cuál es el monto de pago?

El monto base del Aguinaldo de Navidad para este año es de$23.704.

Aunque, según información oficial, estese incrementará en 13.392 pesos por cada personaque, al 30 de noviembre de 2021, la persona pensionada tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrarAsignación Familiarporque su ingreso mensual es superior a $779.882

En el caso de lostrabajadores del sector públicoque cuentanuna remuneración líquida igual o inferior a$794.149,el monto del beneficio será de$59.436,si el sueldo del beneficiarioes mayor, el pago se reducirá a$31.440.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Aguinaldo de Navidad 2021?

Las personas que pueden ser beneficiarias de este bono tienenque al30 de noviembre de 2021tener alguna de estas calidades:

– Pensionados delInstituto de Previsión Social (IPS)que tengan una Pensión Básica Solidariade Vejezode Invalidez.

– Pensionados delInstituto de Seguridad Laboral (ISL).

– Pensionados de lasex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).

– Pensionados deCaja de Previsión de Dipreca y Capredena.

– Pensionados de lasMutualidades de Empleadores de laLey Nº 16.744.

– Pensionados de reparación:Rettig y Valech.

– Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal oAporte Previsional Solidario(de Vejezode Invalidez).

– Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para laindustria del carbón.

– Beneficiarios delSubsidio por Discapacidad Mental.

-Funcionarios del sector públicoque se desempeñen en cargos de planta, asistentes o del sector de la educación pública.