Cada vez se hace más difícil comprar o arrendar un domicilio en nuestro país, es por ello que en el último tiempo han salido un par de beneficios y ayudas para que las personas puedan adquirir una vivienda, entre estos destaca el Subsidio DS49 y el nuevo crédito hipotecario del Banco Estado.

Asimismo, existe el Subsidio Arriendo o también llamado Subsidio DS52, que tal como lo indica su nombre es una aporte estatal que ofrece el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) que ayuda a completar el pago de arriendo a familias que puedan pagar una parte de este.

Quienes sean beneficiados reciben un monto total de 170 UF (cerca de $5.5 millones), que se entrega de manera mensual con un tope de 4,2 UF (cerca de $137 mil) que se puede utilizar en un plazo máximo de 8 años. El dinero restante del arriendo de la casa o departamento lo debe pagar la familia.

El valor máximo de arriendo que puede tener una vivienda para recibir este beneficio es de 11 UF (casi $360 mil), pero en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes puede ser de un máximo de 13 UF, y en ese caso el dinero mensual a pagar por el Estado puede ser de hasta 4,9 UF. 

Además, este subsidio de arriendo permite el cambio de vivienda a cualquier región del país y postular en el futuro a un subsidio para comprar una vivienda. También se puede postular de forma simultánea al Subsidio de Clase Media DS1 y/o al Fondo Solidario DS49.

¿Cuáles son los requisitos para recibir Subsidio de Arriendo?

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros vigente.
  • Postular al menos con tu cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Aunque las personas de más de 60 años no necesitan contar con núcleo familiar.
  • Pertenecer al 70% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF (cerca de $130 mil) en una cuenta de ahorro para la vivienda al momento de postular, la que debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
  • Tener un ingreso familiar entre 7 UF y 25 UF. Si tu núcleo familiar tiene más de tres integrantes, por cada persona extra, se suman 8 UF al ingreso máximo mensual.

La UF debe ser del valor vigente al último día del mes anterior al período de postulación (marzo), por lo tanto todos los valores manejados en UF para postular a este subsidio se calculan con un UF=$31.727.

¿Cómo postular al Subsidio de Arriendo?

Para postular al Subsidio DS52 debes ingresar AQUÍ con tu RUT y ClaveÚnica. Luego en donde dice "llamado de postulación vigente" selecciona "llamado regular arriendo 2022", haz clic en "postular" y luego en "continuar". Completa la información requerida y envíala. 

También puedes postular de manera presencial en las oficinas del Serviu con todos los papeles exigidos en los requisitos. Revisa la oficina más cercana a tu domicilio en este LINK

¿Hasta cuándo se puede postular al Subsidio de Arriendo?

Se puede postular al Subsidio DS52 hasta el 25 de julio, tanto de forma online o presencial.