Durante las útlimas horas, el organismo ha sido mencionado debido a su posible intervención en el tercer retiro del 10% AFP.

El Presidente Sebastián Piñera, comunicó este viernes que llevará el proyecto al TC en caso de que se apruebe en el Congreso, con la consigna "Siempre vamos a defender el respeto a la Constitución".

El Mandatario, además señaló que beneficios tales como el Ingreso Familiar de Emergencia que ha sido reforzado y el Bono Clase Media tienen una cobertura de casi el doble que el tercer retiro, "La inmensa mayoría de las personas reciben más y mejores beneficios con el IFE y el bono clase media que con el tercer retiro".

Bajo este conflicto, el Tribunal Constitucional ha sido foco de la polémica para los chilenos, que se preguntan sobre su definición y funciones.

A continuación, te contamos más sobre este organismo.


¿Qué es el Tribunal Constitucional?

 

El TC es un órgano del Estado, autónomo e independendiente, su función es velar por la correcta jerarquía de las normas y leyes ante la Constitución.

Este organismo controla los límites establecidos en la Constitución y debe pronunciarse sobre eventuales inhabilidades, incompatibilidades, además de causales de cesación en el cargo de parlamentarios.

Está compuesto por 10 miembros (ministros) de los cuales uno ejerce el rol de presidente.

 


¿Cuáles son las funciones del TC?

 

- Se rige por la Ley 17.997 Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que establece que el organismo ejerce el control de constitucionalidad de las leyes antes de su promulgación.

- Es la entidad encargada de declarar la constitucionalidad (o no) de los decretos supremos.

- Resuelve las acciones acordadas por la Corte Suprema, la Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones.

- Resuelve la inaplicabilidad de un precepto legal cuando puede resultar contrario a la Constitución y resuelve reclamos en caso de que el Presidente de la República no promulgue una ley cuando deba hacerlo o promulgue un texto distinto del que corresponda.

- Ejerce la misma función durante la tramitación de proyectos de ley, de reformas constitucionales o de tratados que son sometidos a la aprobación del Congreso.