El Autopréstamo es uno de los puntos que más ha dado que hablar en la discusión de la Reforma Previsional, pues en caso de aprobarse permitirá retirar hasta el 5% de los fondos previsionales con un tope de 30 UF, es decir cerca de $1.000.000.

Muchos se preguntan quienes podrán beneficiarse de este préstamo. ¿Pueden solicitarlo las rentas vitalicias y otras modalidades de pensión?

Autopréstamo: ¿Qué pasará con las rentas vitalicias y otras modalidades?

No, las rentas vitalicias y otras modalidades como el retiro programado, no podrán solicitar el Autopréstamo, puesto corresponden a modalidades de pensión y los pensionados no pueden acceder al beneficio.

El proyecto de Reforma Previsional establece que podrían solicitar el Autopréstamo los afiliados a una AFP que se encuentran a cinco o más años de jubilarse, es decir mujeres de hasta 55 años y hombres de hasta 60 años. Por lo tanto, si ya estás jubilado, sin importar si tu modalidad de pensión es renta vitalicia u otra, no podrás acceder al Autopréstamo.

¿Cómo se podrá pedir el Autopréstamo?

Quienes sí cumplan los requisitos, podrán pedir hasta el 5% de sus ahorros, con un topo de 30 UF. A la fecha eso es exactamente $1.105.381.

Por ejemplo:

  • Si en tus ahorros tienes $25.000.000, podrás pedir como máximo $1.105.381.
  • Si en tus ahorros tienes $20.000.000, podrás pedir como máximo $1.000.000.
  • Si en tus ahorros tienes $10.000.000, podrás pedir como máximo $500.000.
  • Si en tus ahorros tienes $5.000.000, podrás pedir como máximo $250.000
  • Si en tus ahorros tienes $2.000.000, podrás pedir como máximo $100.000.
  • Si en tus ahorros tienes $1.500.000, podrás pedir como máximo $75.000.
  • Si en tus ahorros tienes $1.000.000, podrás pedir como máximo $50.000
  • Si en tus ahorros tienes $500.000, podrás pedir como máximo $25.000.
  • Si en tus ahorros tienes $250.000, podrás pedir como máximo $12.500.

¿Cómo se devolverá el dinero?

El monto solicitado por el afiliado deberá ser devuelto a su cuenta de capitalización individual, reajustado conforme a la variación de la UF.

La cuota mensual de la devolución corresponderá al 2% del sueldo de afiliado y se comenzará a pagar el mes subsiguiente desde que se pidió el préstamo.

¿Cuándo se podrá pedir el Autopréstamo?

Todavía no hay fecha, ya que el proyecto de ley recién están en el primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.