Durante el mes de febrero se paga la segunda entrega del Bono Desempeño Laboral; beneficio social que va dirigido a asistentes de la educación que trabajan en establecimientos dependientes de los Servicios Locales de Educación Pública.

¿Quiénes son beneficiarios?

Los requisitos para recibir el Bono Desempeño Laboral son:

  1. Ser asistente de la educación y desempeñarse en establecimientos dependientes de Servicios Locales de Educación Pública.
  2. Tener contrato vigente al 31 de agosto de cada año.
  3. Trabajar con jornada laboral de 44 horas semanales (funcionarios con menor carga recibirán un monto proporcional a la jornada laboral).

Monto del bono

Quienes cumplan los requisitos podrán recibir, anualmente, el Bono de Desempeño Laboral de hasta 10 UF. (350.000 pesos aprox.).

El bono de desempeño laboral contiene los siguientes elementos:

  1. Un componente base, que corresponderá a 6 unidades de fomento.
  2. Un componente variable, que corresponderá a 4 unidades de fomento como máximo.

Este monto del componente variable se determina según el grado de cumplimiento de un “indicador general de evaluación”, el cual, a su vez, se compone de:

  • Años de servicio en el sistema.
  • Escolaridad.
  • Convivencia Escolar.
  • Resultados controlados, por índice de vulnerabilidad escolar, del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (SIMCE) por establecimiento, considerando el último nivel medido entre los dos años inmediatamente anteriores.

¿Cuándo se Paga el Bono Desempeño Laboral?

El pago del bono de desempeño laboral se realiza en dos cuotas, en los meses de diciembre del año 2022 y febrero del año 2023. Este beneficio no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable; además, tampoco estará afecto a descuento alguno y no será considerado como un subsidio.