Colo Colo ya tiene aprobado su acuerdo con Gustavo Quinteros, el que será oficializado, en primera instancia, este sábado tras el partido del Cacique con Huachipato

El ex entrenador de Universidad Católica llegará al Monumental hasta fines de 2021 con la misión inmediata de rescatar a los albos del sótano del Campeonato Nacional, además de intentar “salvar las papas” en la Copa Libertadores, donde, increíblemente, aún tienen opciones de acceder a octavos de final. O, por último, a la Copa Sudamericana

Pero mucho se ha especulado sobre cuándo podrá asumir sus labores el ex seleccionador de Bolivia y Ecuador dada la situación sanitaria. Al venir del extranjero, debería hacer cuarentena de 14 días, pero esto no será necesario. 

Todo se ampara en una resolución dictada por el Ministerio de Salud el 30 de agosto. En ella, se argumenta que si alguien viene a realizar un trabajo incompatible con la espera por la cuarentena, puede adelantar los procesos siempre y cuando cumpla dos requisitos ineludibles. 

¿Cuáles? Simples: una declaración jurada explicando los motivos de su ingreso a Chile “impostergable e incompatible con el cumplimiento de una cuarentena de 14 días” y, además, el resultado negativo de un test PCR realizado en territorio nacional y asumido, en este caso, por Colo Colo. 

Esta misma resolución ha permitido, por ejemplo, el ingreso de equipos como Gremio, Athletico Paranaense y Peñarol a enfrentar a Universidad Católica y al mismo Colo Colo, respectivamente, por Copa Libertadores. Lo mismo que al regreso de ambos equipos de sus travesías por el mismo certamen. 

Ésta es la resolución del Ministerio de Salud dictada el 30 de agosto que le permite a Gustavo Quinteros dirigir de inmediato a Colo Colo una vez cumpla estos dos requisitos y, eventualmente, sentarse en el banco ante Coquimbo Unido la otra semana: 

“La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la región por donde se efectúe el ingreso al país, podrá excepcionar de lo dispuesto en los dos párrafos precedentes a la persona que así lo solicite, siempre que adjunte lo siguiente:
     
A) Una declaración jurada indicando el motivo de su ingreso y las razones por las cuales dicho ingreso es impostergable e incompatible con el cumplimiento de una cuarentena de 14 días; y,

B)El resultado negativo de un test PCR para SARS-Cov-2. La toma de este examen deberá realizarse en territorio nacional y será de responsabilidad de quien quiera hacer uso de esta excepción.

Durante la tramitación de la autorización sanitaria de la que trata el párrafo anterior, el solicitante deberá permanecer en cuarentena o aislamiento”.