Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) suelen retener un cierto porcentaje del sueldo que recibimos cuando ingresamos al mundo laboral y, si bien su objetivo es retirarlo de manera parcial una vez que nos pensionamos, han existido ocasiones como los retiros del 10% para sacar este dinero y hacer uso de estos montos.
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Así es la retención de dineros de AFP a quienes tengan deudas de pensión alimenticia
El Gobierno lanzó la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos cuyo fin será establecer un mecanismo de pago permanente de la deuda.
Ahora la deuda de pensión de alimentos se podrá realizar con los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria (AFP) siguiendo estos requisitos:
- Se adeude total o parcialmente 3 mensualidades continuas o discontinuas de pensión de alimentos
- Que la persona alimentante deudora no mantenga fondos en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario (APV) y/o instrumentos financieros o de inversión; o, en el caso de tener fondos, que éstos no sean suficientes para el pago total de la deuda (es decir, no saldó la deuda en la primera etapa del Procedimiento Especial)
- Se solicite el pago con los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria (fondos de AFP).