ElIngreso Mínimo Garantizado (IMG) es un beneficio estatalque tiene el objetivo de ayudareconómicamente alostrabajadores dependientes con jornada ordinaria mayor a 30 horas, ya queaumentalos ingresos de estos,para que se pueda garantizar unsueldo líquido de $319.600.

Elmonto que entrega elIngreso Mínimo Garantizadose calcula en base a la remuneración bruta mensual delcontrato a jornada ordinaria yhoras de trabajo semanales pactadas en el documento.

En cuanto a los requisitos para postular, es necesario ser untrabajador dependiente, tener un contratosuscrito al Código del Trabajo, ganar unsueldo bruto menor a $452.477, entre varios más.

Recordemos que el beneficio del Ingreso Mínimo Garantizadoha tenido varioscambios en las últimas semanas, debido a la aprobación delproyecto de Leydel nuevo salario mínimo. Si quieres saber más de estos cambios, a continuación, te contamos en detalle cuáles son y cuáles son los requisitos para postular.

¿Cuáles son los cambios al Ingreso Mínimo Garantizado?

Hace unas semanas atrás, el Ministerio de Desarrollo Socialanunció que uno de los cambios que iba a tener el IMG era quedesde mayo, los empleadores serían los que tienen que postular a sus empleados a este subsidio.

Sin embargo, tras la aprobación del proyecto del reajuste salarial, este cambiopodría ser anulado debido a una nueva indicación desde el Ministerio de Hacienda.

Específicamente, el documento oficial dice que”se suprime el procedimiento de postulación a través del empleador.Se precisa que el trabajador deberá solicitar el beneficio en la plataforma que se disponga para ello”.

Otro cambio al IMG, es que solo se deberá hacer una postulación al beneficio, en lugar de la exigencia mensual actual y también se va dejar un aporte plano en vez del aporte por horas efectivamente trabajadas.

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos que se necesitan cumplir son:

  • Ser trabajador dependiente.
  • Tener contrato suscrito al Código del Trabajo.
  • Tener un sueldo bruto menor a $452.477 pesos.
  • Tener contrato de jornada ordinaria, es decir, superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • Tener calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% de acuerdo con el Registro Social de Hogares (RSH).