La Corte Suprema acogió un recurso de amparo a favor de una mujer embarazada de 17 semanas de gestación, que se encuentra cumpliendo pena efectiva de cárcel. El recurso se interpuso con el fin que la futura madre pueda terminar de cumplir su sentencia en su domicilio, la cual culmina el próximo 22 de agosto, en 10 días más.

De esta manera, la Segunda Sala del tribunal supremo revocó la apelación del pasado 22 de julio, donde la Corte de Apelaciones de Puerto Montt había ratificado la decisión del Tribunal de Garantía, el cual sentenció que la mujer debía continuar su presidio efectivo en el recinto carcelario.

La jefa (s) de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública, Marcela Bustos, quien además fue la encargada de presentar el recurso, aseveró que el fallo “es inédito, ya que es la primera vez que la sala penal interrumpe una pena efectiva de cumplimiento efectivo”.

Así, Bustos dio cuenta que “se deja sin efecto y, en su lugar se decreta la suspensión del cumplimiento efectivo del saldo de pena que actualmente cumple la amparada, sustituyendo dicha forma de satisfacción de la sanción, por la reclusión total domiciliaria”.

El máximo tribunal explica los motivos del fallo, sosteniendo que “mantener la ejecución de la condena de la amparada en el interior de un recinto carcelario, pese a que le restan menos de dos semanas para el término de su condena, dados los graves perjuicios que conlleva para el desarrollo y vida futura de su hijo, obliga a esta a Corte a adoptar medidas urgentes con la finalidad de cumplir con las convenciones internacionales a las que el Estado adscribió”.

Mientras que Bustos explicó el fallo, “en atención a que ella se encuentra embarazada y que Gendarmería no ha dado los cuidados prenatales necesarios, no ha dado atención médica y por las malas condiciones carcelarias en que se encuentra”, agregando que las Cortes de Apelaciones “venían ejerciendo cierta jurisprudencia, aplicando la Convención Americana y también la Convención sobre toda forma de discriminación contra las mujeres”.