Este lunes 7 de noviembre el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) comienza a entregar los nuevos pagosdel IFE Laboral, el cual es un beneficio destinado a personas que se empleen formalmente.

¿Cómo puedo apelar al IFE Laboral si no recibí el pago?

Si este lunesno recibesel IFE Laboralpodrás apelary para eso, primerodebes revisar tu expedienteAQUÍpara conocer el motivo, y si deseas seguir con el procesodebes realizar la apelación en la misma página.

Para apelar al IFE necesitas estos documentos:

  • Copia del contrato de trabajo debidamente firmado.
  • Certificado de remuneraciones imponibles de los 12 últimos meses.

  • Certificados de los 12 últimos meses de cotizaciones de salud (Fonasa o Isapre) y pensión (AFP).

¿Cuáles son los requisitos del IFE Laboral?

En el caso de que el rechazo de tu solicitud haya sido por no cumplir alguno los requisitos, es importante que tengas claros cuales son.

  • Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación). Para esto, Sence revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los tres meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
  • Tener una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000).
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

Importante:

  • Por estar “cesante” se entiende que la persona que postula al beneficio no debe haber estado trabajando, con contrato de trabajo, en el mes anterior al de postulación al IFE Laboral.
  • Como “nueva relación laboral” se entiende toda relación de trabajo dependiente y subordinada entre un trabajador o trabajadora y un nuevo empleador que se formaliza mediante un contrato de trabajo.
  • Para verificar lo anterior, el Sence revisará al momento de la postulación:

-Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en el mes anterior al de inicio del contrato de trabajo.

-Que la persona postulante no registre cotizaciones previsionales en los tres meses anteriores al de inicio del contrato de trabajo con el mismo empleador por el cual postula al beneficio (mismo empleador o empleadora).

Restricciones para acceder al IFE Laboral:

  • Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
  • Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
  • Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.