El pasado martes 14 de mayo, el Diario Oficial hizo pública la Ley de grabado de patentes, donde autos antiguos tendrán plazo de 1 año para hacerlo y quienes comercializan, 4 meses.

Si tienes dudas sobre el grabado de patentes, las preguntas más frecuentes de esta ley te las contamos ahora.

Ley grabado de patentes: Estas son las 6 preguntas más frencuentes

  1. ¿A qué te obliga la ley?

La Ley N° 21.601 establece que es obligación marcar los números de la placa patente, y el número de chasis en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados.

Esto aplica para los que circulen en el país, siendo los cuatro vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos, las zonas requeridas.

2. ¿Hasta cuándo puedo grabar mi patente?

  • Vehículos nuevos tendrán cuatro meses para grabar sus vidrios.
  • Los vehículos comercializados antes del 11 de septiembre de 2023 tendrán doce meses para grabar sus vidrios (hasta el 14 de mayo de 2025).

3. ¿Para quiénes no es obligatorio?

El grabado de la patente no es obligatorio para:

  • Automóviles de establecimientos comerciales con autorización municipal.
  • Vehículos extranjeros en tránsito temporal (que cumplan los requisitos legales).
  • Vehículos nuevos con peso vehicular igual o superior a 3.860 kg, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado.
  • Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a Carabineros de Chile destinados a uso policial o militar.
  • Vehículos motorizados antiguos o históricos reconocidos por el Ministerio de Transportes, conservados o restaurados a su condición original, y que tengan cuarenta o más años de antigüedad.
Foto: Min. Transportes en X.

Foto: Min. Transportes en X.

¿Cuáles son las otras dudas frecuentes de la ley?

4. ¿Cómo debe ser la tipografía de los grabados?

Las letras y dígitos en los vidrios deben tener:

  • Entre 7 y 10 mm de altura, ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos.
  • Estilo normal, no cursiva ni negrita.
  • Las letras deben ser mayúsculas.
  • El grabado debe ser permanente.

Espejos laterales:

  • Altura mínima entre 5 y 10 mm y letra mayúscula, estilo normal, sin cursiva ni negrita.
  • Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, para que su lectura sea de izquierda a derecha.
  • El grabado debe ser permanente.

En los vidrios laterales al costado del conductor:

  • Vértice inferior derecho y en aquellos del lado del acompañante, en el vértice inferior izquierdo (punto de vista externo).
  • En ambos casos, el grabado no debe obstaculizar la lectura de otra información obligatoria en esa zona.

En el parabrisas:

  • Vértice inferior derecho (punto de vista externo), sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN).

En la luneta trasera:

  • Vértice inferior izquierdo (perspectiva externa).

En los espejos laterales:

  • Si es cuadrado o rectangular, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde.
  • En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará paralelo al suelo.
  • En ambos casos se puede optar por la parte superior o inferior, y no debe interferir con su función.
Foto: Min. Transportes en X

Foto: Min. Transportes en X

¿Qué pasa con la fiscalización?

Estas son las últimas consultas más requeridas en base al grabado de patentes:

5. ¿Qué hago si ya grabé la patente en los vidrios de mi vehículo?

Se podrá circular siempre que el grabado esté con la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada.

6. ¿Qué entidades fiscalizarán el grabado de patentes?

El grabado podrá ser verificado por:

  • Plantas de Revisiones Técnica (PRT).
  • Carabineros de Chile.
  • Inspectores fiscales y municipales.