El Bono Cuidadora de Adulto Mayor, o bien conocido como Programa de pago de cuidadores de personas con discapacidad (estipendio), es un beneficio que recibe el o la cuidadora de una persona con dependencia severa y no constituye renta ni es imponible, lo cual lo hace compatible con otros beneficios distintos.

¿Cómo lo obtengo?

Este es un beneficio no postulable. Es decir, la postulación de cuidadores al programa de pago será realizada por el equipo médico de los centros de atención primaria, por lo tanto no se requiere de ningún trámite o postulación por parte de el o la cuidadora.

¿Cuáles son los requisitos?

Para recibir el beneficio es importante contar con estos requisitos:

  • Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (CESFAM, CECOF, posta rural, otro).
  • Tener un cuidador o cuidadora que no recibe remuneración.
  • Que no se encuentre institucionalizado en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor o en otra institución de larga estadía para personas de menor edad.

¿Cuál es el monto?

El monto definido durante este 2023 para el beneficio es de $32.991 por la entrega de los servicios a personas con dependencia severa.

En relación a lo anterior, existe una regla de preferencia para el pago del mismo beneficio. Estos son:

  1. La severidad en la dependencia del causante, la que será medida con el Índice de Barthel.
  2. Antigüedad en la postulación del causante, comenzando por la más antigua.
  3. La clasificación socioeconómica del causante, conforme al Registro Social de Hogares.

Por otra parte, el aporte se entrega el mismo mes de la fecha de su concesión, y se podrá extender siempre y cuando se cumpla con los requisitos, y por lo demás será verificado mes a mes por el Ministerio de Desarrollo Social.