El Bono Bodas de Oro es un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

Su valor corresponde a $353.996, pero con las siguientes condiciones: 

Se entrega una sola vez en partes iguales ($176.998 para cada cónyuge vivo).

Debe ser solicitado en conjunto por los dos cónyuges.

Conoce aquí los detalles. 

¿Cómo se postula al Bono Bodas de Oro? 
 

Desde diciembre de 2020 el Bono Bodas de Oreo se puede solicitar a través de Video Atención con un ejecutivo. 

Para ello se debe contar con un teléfono o computador con cámara.

Puedes postular haciendo CLICK AQUÍ.

Tras eso, debes ingresar tus datos personales, donde se le pedirá una copia de la cédula de identidad por ambos lados. 

Luego, pulsa "Entiendo, iniciar prueba de equipo".

Haz clic en "Prueba".

Una vez chequeada las condiciones, pulsa "Iniciar video atención".

Como resultado del trámite, un funcionario de ChileAtiende te atenderá.

Forma presencial

En el caso de hacerlo presencial, necesitará su célula de identidad y un poder notarial, en el caso de que el trámite lo haga un apoderado/a.

¿Cuáles son los requisitos? 
 

El beneficio está dirigido para las siguientes personas:

Cónyuges que:

-No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).

-Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.

-Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.

-Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:

-Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.

-Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.

¿Hasta cuándo se puede postular?
 

Una vez que el matrimonio cumple su aniversario número 50, tiene plazo de un año para realizar el trámite.

Sin embargo, debido a la contingencia ocasionada por el COVID, quienes cumplan los 50 años de casados entre el 8 de febrero de 2019 y el 30 de septiembre de 2021, podrán presentar sus solicitudes hasta el 1 de octubre de 2022, salvo que se acorte o extienda la vigencia del Decreto Nº 4 del MINSAL.

Si el bono no es cobrado dentro de un plazo de seis meses luego de haber sido emitido, se entenderá como una renuncia al beneficio.