El subsidio a la cuenta del agua y servicio de alcantarillado es un beneficio del Estado para financiar un porcentaje del pago mensual de un consumo máximo de metros cúbicos de agua potable y alcantarillado de los residentes permanentes de una vivienda.

¿Cómo funciona el subsidio a la cuenta del agua y servicio de alcantarillado?

El subsidio a la cuenta del agua y servicio de alcantarillado financia una parte pago mensual de un consumo máximo de 15 metros cúbicos de agua potable y alcantarillado de los residentes permanentes de una vivienda ubicada tanto el sector urbano como rural del país.

Pueden recibir el bono las personas u hogares que destinan el 5% y más de los ingresos mensuales de su grupo familiar para el pago del servicio por consumo de agua potable y alcantarillado de aguas servidas.

Además, las personas u hogares que pertenezcan a Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades (SSOO) podrán acceder al 100% del subsidio para los primeros 15 metros cúbicos mensuales de agua potable.

Este subsidio tiene una duración de tres años y puede ser renovado por otro período igual, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para su obtención y exista disponibilidad de cupos a nivel comunal.

Cabe aclarar que la renovación del beneficio no es automática. La jefatura de hogar debe presentar postulación en la municipalidad que le concede el beneficio para renovarlo.

¿Cómo postular?

El trámite para postular se encuentra disponible durante todo el año en la municipalidad correspondiente al domicilio del postulante.

Para postular solo se necesita la última boleta del agua de la empresa sanitaria o al sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.

¿Quiénes pueden recibir el subsidio?

Pueden postular al Subsidio a la cuenta del agua las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser residente permanente de un domicilio que corresponda con la municipalidad que concede este beneficio.
  • Debe estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o con los sistemas de agua potable rural según corresponda.
  • Quien postula a este beneficio es la jefa o jefe de hogar de la familia principal.
  • Debe cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia. Destinar más del 5% de los ingresos familiares al pago mensual del agua.
  • De presentar postulación una agrupación colectiva, todas las jefaturas de familia de cada una de las viviendas que componen el colectivo deben presentar postulación en la municipalidad.
  • Contar con Registro Social de Hogares.

La persona que postule, además de ser residente permanente, puede ser:

  • Propietaria de la vivienda.
  • Arrendataria de la vivienda, siempre y cuando al interior de la misma no viva la o el propietario.
  • Usufructuaria de la vivienda.
  • Allegada externa de la vivienda cuando al interior de un sitio existe más de una vivienda abastecida por el mismo medidor y que para el subsidio al pago del consumo del agua potable se conoce con el nombre de colectivo.
  • Para que proceda la postulación a este beneficio es necesario que la vivienda cuente con conexión con la red de agua potable.