ElAguinaldo de Navidades un beneficio económico que suelen recibir los pensionados y losempleados del sector públicodurante los meses de diciembre. Existen distintos montos, por lo que los trabajadores recibirían un monto distinto al de los pensionados del país.
¿Quiénes reciben el Aguinaldo de Navidad?
Tal como comentamos al principio de la nota, lo recibirán los siguientes pensionados y empleados públicos:
Pensionados
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
- Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N.º 16.744.
- Pensionados de reparación: Ley N.º 19.123 (Rettig) y Ley N.º 19.992 (Valech).
- Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley N.º 19.129, artículo 11).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
Funcionarios Públicos
- Universidades estatales.
- Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
- Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
- Astilleros y Maestranzas de la Armada.
- Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
- Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Tribunales tributarios y aduaneros.
- Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
¿Cuándo es obligatorio pagarlo?
El Aguinaldo de Navidad es obligatorio para los pensionados y empleados públicos del país que cumplan los requisitos antes mencionados. En el único caso donde no es así es hacia el sector privado, sin embargo, podrás ser un derecho de los trabajadores y trabajadoras del sector privado si se cumplen las siguientes condiciones:
- Trabajadores que tenganun contrato de trabajo en el cualesté contemplado el pagodel aguinaldo de navidad.
- Trabajadores que tengan un contrato o convenio colectivo en queel aguinaldo de navidadestéincorporado cómo cláusula(incluye al sindicato).
- Empleadores que hayan hecho esta concesión en una oportunidad anterior, ya que se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por norma laboral).
¿Cuál es el monto?
Losempleados públicosrecibirán un pago de$63.062pesospara aquellos funcionarios que reciban una remuneración líquida en noviembreigual o inferior a $842.592 pesos.
Sin embargo, un monto menorde$33.358 pesosrecibirán aquellos empleados públicos que reciban una remuneración mensual líquida queexceda los$842 mil pesosdurante el mes de noviembre de igual manera.
En cuanto a los pensionados, corresponde a$25.150 pesos,el cuál puede ser incrementado en$14.209 por cada persona acreditadacomo causante de asignación familiar o maternal.