Uno de los beneficios importantes a la hora de ser pensionados es el Bono de Reconocimiento, aporte que es exclusivo para trabajadores y trabajadoras incorporadas al actual sistema previsional de las AFP, y que hayan registrado cotizaciones en las cajas de previsión del antiguo régimen.
Es beneficio no se entrega en dinero a los beneficiarios, sino que se suma a los ahorros acumulados de la pensión, ya sea por vejez o invalidez, o cuando fallezca.
¿Se postula al Bono Reconocimiento? Cómo recibir el aporte y cada cuánto se paga
El Bono de Reconocimiento sí es postulable y su trámite se debe hacer mediante una solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento en la AFP en la que se encuentre afiliado, además de completar el Anexo Detalle de Empleadores, si corresponde.
Este formulario están en poder de cada AFP y se debe indicar datos como fecha de afiliación, caja(s) de previsión a la(s) cual(es) perteneció, empleadores y períodos trabajados, entre otros.
La entrega de este beneficio es mes a mes junto a la pensión correspondiente, por ende su pago lo emiten las entidades correspondientes (IPS, CAPREDENA o DIPRECA).
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Bono de Reconocimiento?
El sitio web de ChileAtiende señala que este bono se entrega a los trabajadores y trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener al menos 12 cotizaciones mensuales en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de noviembre de 1975 y el 31 de octubre de 1980.
- Si no lo cumple, debe registrar, a lo menos, una cotización en alguna ex Caja de Previsión, entre el 1 de julio de 1979 y el mes anterior a la fecha de afiliación al sistema de AFP.
Si cumples con alguno de los requisitos antes mencionados y deseas solicitar el Bono de Reconocimiento, te invitamos a ingresar al sitio de tu AFP correspondiente:
¿Cuál es el monto del Bono de Reconocimiento?
El monto de este beneficio no es fijo, ya que depende de una fórmula matemática que utiliza un conjunto de datos y factores predeterminados con el objetivo de generar un “valor nominal”.
A su vez, este mismo valor se reajusta anualmente según IPC y adicionalmente, se obtiene un interés del 4% anual, que se capitaliza cada año desde la fecha en que la persona ingresó al sistema previsional de AFP.