Cada cierto tiempo, y sobre todo cuando está por comenzar el verano, se dan a conocer casos de personas a las que se les niega el acceso a playas, ríos o lagos.

En Chile esto está prohibido, ya que se trata de bienes nacionales. Aquí te contamos qué hacer en caso de que se te restrinja el acceso y cuáles son tus derechos.

¿Me pueden negar el acceso a la playa y ríos?

No, la ley establece que todas las personas en Chile tienen derecho a acceder a playas de mar, ríos o lagos, puesto que son considerados como bienes nacionales de uso público.

Esto está establecido en artículo Nº 589 del Código Civil y en el artículo Nº 13 del Decreto Ley (DL) Nº 1.939 de 1977.

¿Qué hacer si el dueño dice que es su terreno?

Los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos tienen la obligación de facilitar gratuitamente el acceso a las personas, ya sea para fines turísticos y de pesca, cuando no existan otras vías o caminos públicos.

Si te encuentras con alguno de los siguientes casos podrás poner una denuncia:

  • Acceso cerrado.
  • Cobro por acceso
  • Control por acceso
  • Mala condición del camino de acceso
  • Sin acceso
  • Un tercero impide el acceso

¿Cómo poner una denuncia?

Puedes poner una denuncia en cualquiera de los siguientes lugares:

Dirígete a uno de los siguientes lugares:

  • Seremi u oficina provincial del Ministerio de Bienes Nacionales.
  • Delegaciones Presidenciales Regionales (regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, O’Higgins, Biobío, Araucanía, Los Ríos y Aysén).
  • Gobiernos Regionales (regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Metropolitana, Maule, Ñuble, Los Lagos y Magallanes y la Antártica Chilena).

Asimismo, puedes hacer la denuncia online en el sitio web del Ministerio de Bienes Nacionales, siguiendo estos pasos:

  1. Una vez dentro del sitio web verás un mapa. Crea un punto que identifique el lugar donde ocurrió el conflicto.
  2. Completa los datos del formulario, adjunta imágenes y haz clic en “Enviar”.

Tras esto, habrás denunciado que te negaron el acceso a playas de mar, ríos o lagos.

 En un plazo de 20 días se realizará la fiscalización en terreno y la búsqueda de antecedentes