El IFE Laboral es uno de los pilares entre los aportes estatales para los trabajadores en Chile, entrega hasta 300 mil pesos según el tipo de beneficiario descrito por el Sence en el sitio oficial del IFE. El Gobierno decidió extender el beneficio y además se cambió uno de los requisitos principales para su postulación.
¿Cuántos días faltan para que paguen el IFE Laboral? Este es el requisito que cambió del bono
El Sence informa que el beneficio se paga el próximo miércoles 7 de junio, recuerda que quienes realicen la postulación este mes podrán recibir un solo pago del IFE Laboral desde el 7 de agosto 2023.
Las postulaciones estarán habilitadas durante todo el mes de junio hasta el día viernes 30, es importante destacar que este mes termina el trámite para solicitar el bono, ya que hasta el momento el Gobierno no ha emitido información sobre la extensión del beneficio Sence.
¿Cuál es el requisito que cambió del IFE Laboral?
El requisito que cambiará será el siguiente:
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.230.000)
Este requisito cambiará y será: Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.320.000).
Esto porque el sueldo mínimo aumentará a $440.000, pero se verá reflejado en el sitio web del Sence cuando el Presidente de la República Gabriel Boric promulgue la Ley correspondiente.
El resto de los requisitos son los siguientes:
- Tener un nuevo contrato de trabajo durante el mes en curso a la postulación. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
Estas son las personas que no pueden acceder al IFE Laboral
→ Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
→ Las personas que estén gozando de licencia médica (incluye pre y post natal) al momento de su postulación.
→ Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.