Este lunes 1 de enero de 2024 es feriado irrenunciable en el país lo que significa que tanto los mall como gran parte del comercio no abrirá sus puertas al público. Es por esto que muchos estarán buscando panoramas para la jornada como acudir a las piscinas, juegos o incluso a los cines.
Cabe aclarar que los cines abrirán sin problemas y contarán con horarios habituales debido a que se exceptúan de esta norma contemplada en la ley por feriados irrenunciables.
¿Abren los cines el 1 de enero en Chile? Horarios y cómo funcionan este lunes
Horario Cineplanet
- Lunes 1 de enero: Contará con horario normal.
Horario Cinemark
- Lunes 1 de enero: Inician la apertura de boleterías será a las 14:00hrs.
Horario Cinépolis (ex CineHoyts)
- Lunes 1 de enero: Inician la apertura de boleterías será a las 14:00hrs.
Horario Muvix
- Lunes 1 de enero: Muvix no ha anunciado horarios especiales, sin embargo sus horarios comienzan desde las 14:00 hasta las 22:00 horas.
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¿Qué estará cerrado el 1 de enero?
La ley establece los mall y supermercados no abrirán durante los feriados irrenunciables y es por esto que el comercio en general estará cerrado el lunes 1 de enero.
Sin embargo, también se establecen ciertas excepciones como aquellos locales que sean atendidos por sus propios dueños, además de:
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Establecimiento de venta de combustibles, conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, los que venden y elaboran alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
¿Hay multas por no respetar el feriado irrenunciable?
Sí, en caso de que un empleador obligue a un trabajador a laborar en un feriado irrenunciable de manera indebida, se expone a enfrentar las siguientes multas, las cuales están determinadas según la clasificación de la empresa:
- Microempresa y pequeña empresa: 5 UTM (equivalente a $321.080).
- Mediana empresa: 10 UTM (equivalente a $642.160).
- Gran empresa: 20 UTM (equivalente a $1.284.320).
Estos montos están calculados considerando la UTM de diciembre de 2023, la cual corresponde a $64.216.
¿Irás al cine durante este 1 de enero?
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