El domingo 1 de enero es feriado irrenunciable por Año Nuevo. Esto quiere decir que por ley el comercio no funcionará, que los trabajadores deberán descansar y que los empleadores no podrán exigirles trabajar ese día. Pero como siempre, hay excepciones. Revisa a continuación qué comercios podrán abrir.
Los comercios que abrirán el 1 de enero de 2023
Los rubros que pueden funcionar durante los feriados irrenunciables y que por lo tanto abrirán el próximo domingo 1 de enero son:
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Establecimiento de venta de combustibles (bombas de bencina).
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir los lugares comerciales de venta directa al público ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
¿Cuáles son las multas por no cumplir la normativa?
Si no se respeta el feriado irrenunciable, el empleador será sancionado con una multa de 5 UTM por cada trabajador afectado.
En caso de tener 50 o más trabajadores, la multa será de 10 UTM por cada trabajador afectado. Y si tiene contratados 200 o más trabajadores, la multa será de 20 UTM.
Si un empleador no respeta la norma se puede realizar una denuncia en www.dt.gob.cl.