El Ingreso Mínimo Garantizado es un beneficio que ayuda a aumentar el sueldo de los trabajadores que gocen del aporte estatal, garantizando un sueldo liquido de $379.793 pesos. Uno de los requisitos del IMG, es que los trabajadores deben tener una jornada ordinaria mayor a 30 horas laborales.

Justamente, mañana viernes 29 de septiembre se entrega el pago mensual del Ingreso Mínimo Garantizado, te contamos más detalles del beneficio.

¿Cómo ser beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado?

Los empleadores deben postular mensualmente al trabajador hasta el día 15 de cada mes. Posterior a ese plazo, este tiene la obligación legal de informar al trabajador(a) para que sea el mismo quien realice la postulación desde el día 16 del mes AQUÍ en la página oficial del beneficio.

Los requisitos del IMG son los siguientes:

  • Debes ser un trabajador dependiente.
  • Es importante que el contrato esté suscrito al Código del Trabajo.
  • Tu sueldo bruto debe ser menor a $497.272 pesos.
  • El contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
  • La calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

Para saber si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Garantizado INGRESA AQUÍ con tus datos.

¿Cuáles son las fechas de pago del Ingreso Mínimo Garantizado?

  • Octubre 26/10/2023
  • Noviembre 29/11/2023
  • Diciembre 28/12/2023

¿Cuál es el monto del IMG y cómo se realiza el cálculo?

En el sitio web del beneficio informan que el cálculo del subsidio se realiza en base a la remuneración bruta mensual, percibida durante el tercer mes anterior al pago del beneficio.

Este monto y la información de cumplimiento de la jornada ordinaria debe estar incluida dentro de tu contrato y liquidación de sueldo.

www.ingresominimo.cl

¿Cómo se calcula el IMG si tuve licencia médica?

De acuerdo a lo que informa la página del beneficio: “Durante el feriado anual, licencia médica, permiso pre o post natal el cálculo del subsidio se realiza en base a la remuneración bruta mensual del mes anterior de aquellos periodos señalados”.

¿Qué pasa si mi empleador me postula al IMG y yo también realizo el trámite?

Desde el sitio web del IMG informan que: “En caso de que se presenten dos postulaciones para un mismo trabajador, de acuerdo con lo establecido en la ley y sus recientes modificaciones, para el cálculo del beneficio se considerará la última información registrada por el empleador/a o trabajador/a, dando prioridad a los datos ingresados por el trabajador/a“.