Estamos entrando en la quincena de noviembre y a su vez nos acercamos al mes de diciembre y a una de sus festividades mas esperadas por niños y adultos, nos referimos a la Navidad.
El beneficio de esta festividad es que los trabajadores y pensionados suelen recibir un importante aguinaldo si cumplen con ciertos requisitos establecidos.
Aguinaldo Navidad: En estos casos tu empleador está obligado a pagarte
En el caso de los trabajadores, el Aguinaldo de Navidad debe ser obligatoriamente pagado por aquellos empleadores a trabajadores ligados al sector público del país. Es decir, los trabajadores públicos deberán recibir los siguientes montos por este 2023:
- $63.062: Para quienes tengan sueldos menores a $943.703 pesos.
- $33.358: Para quienes tengan sueldos menores a $3.125.052 pesos.
Excepciones para los empleados del sector privado
Los empleadores del sector privado no están obligados a pagar este aguinaldo a sus trabajadores. Sin embargo, existen ciertas excepciones que si deberán hacerlo si se cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Se haya estipulado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo en el que el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
- El empleador haya pagado un aguinaldo en una oportunidad anterior, puesto que se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por la norma laboral).
También lo reciben los pensionados
Es importante recordar que este aguinaldo no solo es recibido por los trabajadores sino que también por los pensionados de todo el país.
Este aguinaldo se otorga como parte de las celebraciones navideñas y es una muestra de apoyo a los pensionados para que puedan disfrutar de la temporada festiva de fines de año.
¿Qué monto reciben?
El Aguinaldo de Navidad para el año 2023 tiene un monto base de $26.734 pesos. No obstante, este monto puede aumentar en $15.104 pesos por cada persona que sea acreditada como carga familiar del pensionado o pensionada beneficiada al 30 de noviembre de 2023.
Por lo tanto, el monto total del aguinaldo puede variar según la cantidad de cargas familiares registradas.
Entre los pensionados que pueden recibir este importante beneficio están:
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados de las ex Cajas de Previsión y del ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
- Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o que reciban el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
Consideraciones
Cabe destacar que, el aguinaldo de Navidad no está sujeto a descuentos ni considerado para el pago de impuestos, ya que no es tributable. Además, no está afecto a cotizaciones previsionales ni de salud, al no ser imponible.
Es decir, los beneficiarios recibirán el monto completo del bono sin deducciones, lo que lo convierte en un beneficio adicional para los pensionados y trabajadores públicos durante la temporada navideña.
¿Recibes el Aguinaldo de Navidad?
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