Con la irrupción mundial del Covid-19, la emergencia sanitaria trajo consigo un montón de consecuencias en la vida diaria de las personas y por sobre todo con la gente trabajadora, quienes vieron sus horarios y modalidades afectadas.
Una de las cosas que evidentemente cambiaron fue la forma de trabajar, ya que del trabajo se pasó al teletrabajo, para así evitar posibles contagios en los empleos, aunque ahora lentamente la gente ha vuelto a la modalidad presencial.
Pero uno de los puntos más negros de la pandemia fue la ola de despidos en diferentes rubros, lo que llevó a muchos chilenos a recurrir al Seguro de Cesantía de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Laley transitoria que flexibiliza el Seguropermite que más usuarios puedan acceder a los fondos de la AFC.
Esto se puede hacer gracias a dos modalidades: Acceso al Seguro de Cesantía o Retiro total de saldo de la Cuenta Individual.
Esta ley estará vigente hasta el 6 de octubre de 2021 y podría extenderse mediante la emisión de un decreto supremo.
Conoce aquí más detalles.
¿Dónde solicitar el Seguro de Cesantía?
Para hacer la solicitud debes ingresar a la web de la AFC o apretar AQUÍ.Puedes entrar con tu Clave Única o con tu RUT y la clave de acceso AFC.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
Como fue mencionado previamente, la persona puede postular por dos modalidades:
1) Acceso al Seguro de Cesantía:
-Tener al menos 3 cotizaciones seguidas antes del término de su relación laboral o 6 cotizaciones mensuales durante los últimos 12 meses. Las dos últimas deben ser continuas y con el mismo empleador.
-Todas las cotizaciones deben estar pagadas o declaradas anterior al mes de término de la relación laboral.
-Contar con finiquito o documento válido de término de relación laboral firmado y ratificado
-Causales de despido
2)Retiro total de saldo de la Cuenta Individual
Si estás cesante y no cumples con los requisitos para el Seguro de Cesantía, puedeshacer el retiro total de su saldo sin necesidad de tener documento de término de la relación laboral.
-Estar cesante (ausencia de dos cotizaciones anteriores a la solicitud)
-Tener saldo en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC)