Los beneficios económicos se han vuelto trascendental para algunas familias debido a la importante crisis económica por la que pasa el país. Uno de los aportes estatales es el Bono Escolaridad dirigido a los empleados del sector público y que se entrega por cada carga familiar que se encuentre vigente.
¿Quiénes pueden recibir el Bono de Escolaridad?
Podrán recibir este beneficio monterio debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser docente o asistente que trabajen en establecimientos municipales o particulares subvencionados.
- Tener hijo/s de entre 4 y 24 años de edad, reconocido/s como carga familiar.
- El pago se entregará a los trabajadores públicos que tengan hijas o hijos que estén cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza prebásica, básica, media, educación superior o educación especial, en establecimientos del Estado o reconocidos por este.
¿Cuál es el monto del Bono de Escolaridad?
Luego de la ley de reajuste de remuneraciones del sector público, el Bono de Escolaridad para este año será de $78.966, monto que no será imponible ni tributable. Este dinero se pagará en dos cuotas iguales de $39.483 cada una; la primera en marzo y la segunda en junio del año 2023.
¿Cómo se postula al Bono Escolaridad?
Para postular o solicitar al beneficiario monetario el establecimiento educativo debe presentar el formulario de declaración jurada. En ese sentido, el beneficiario debe tener un contrato vigente y toda la información sobre sus cargas familiares debe estar actualizada. Para que el MINEDUC transfiere los fondos para pagar estos bonos, el establecimiento debe ingresar a la comunidad escolar en línea y seleccionar el enlace “Procesos de Bonos y Aguinaldos”. Luego, deberá completar una solicitud con información sobre los tramos de salario de sus trabajadores de planta o contratados (no honorarios).