El IFE Laboral es un aporte económico dirigido a los trabajadores y trabajadores que, tras encontrarse al menos un mes cesante, firmaron un nuevo contrato de trabajo y postularon al beneficio económico.
Cabe recordar que el Gobierno extendió varios beneficios de su Plan Chile Apoya con el objetivo de seguir subsidiando a un grupo no menor de personas afectadas debido al alza de los precios en servicios básicos y del costo de la vida en general, entre ellos a los trabajadores del país.
Conoce la fecha de pago del IFE Laboral y su calendario
Es importante destacar que durante este mes de octubre a partir del día 7 se les pagará a aquellos trabajadores postulantes del mes de agosto, ya que el beneficio se paga dos meses posteriores a la postulación al IFE Laboral, o bien corresponderá al segundo pago de los postulantes de julio o tercer pago a los de junio, sucesivamente. A continuación, te presentamos el calendario de pagos.
¿Cuáles son los Requisitos?
Como cualquier otra ayuda estatal, es importante contar con requisitos para postular al IFE Laboral, ya que el solo no contar con uno de ellos podría ser causalde rechazo al momento de conocer los resultados del mismo, estos son:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (debe ser del mes en curso a la postulación). El SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud en los 3 meses previos por el mismo empleador por el que postula a este beneficio.
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000)
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo. Para esto, SENCE revisará que no registre cotizaciones de pensión y/o salud por cualquier empleador el mes anterior al inicio de su nuevo contrato.
¿Qué montos entrega el IFE Laboral?
Hombres mayores de 24 y menores de 55 años:
Períodos de remuneración desde julio a septiembre 2022: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:
Períodos de remuneración desde julio a septiembre 2022: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.