El pasado jueves 2 de mayo inició la Restricción Vehicular 2024 que será aplicada para el interior de la provincia de Santiago y la comuna de Puente Alto y San Bernardo hasta el 31 de agosto de 2024.

La medida viene acompañada de importantes multas en caso de incumplir lo anterior, sin embargo, existe una manera de solicitar una exención por causal de urgencia.

Restricción Vehicular 2024: ¿Puedo incumplir la medida si es que tengo una urgencia?

Todo vehículo que sea fiscalizado debe pasar primero por los fiscalizadores de turno, por lo que no se puede incumplir la medida ni pasar de largo.

Sin embargo, según informa la Red de Protección Social, actualmente existe la exención de restricción vehicular en la Región Metropolitana, un beneficio que “permite solicitar autorización para que un vehículo motorizado afectado por la restricción vehicular permanente y por episodios críticos de contaminación (preemergencia y emergencia), pueda circular durante la vigencia de dichas medidas”.

La autorización se emite a través de una resolución de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, la cual debe ser llevada en el vehículo como copia física.

Las multas por incumplimiento de la medida van desde 1 a 1,5 UTM.

Las multas por incumplimiento de la medida van desde 1 a 1,5 UTM.

¿Quiénes pueden solicitarla y cómo?

Las personas que son propietarias de vehículos deben cumplir con las siguientes condiciones específicas:

  1. Propietarios de vehículos importados por personas en situación de discapacidad o por personas jurídicas sin fines de lucro, según lo establecido en el artículo 48 de la Ley Nº 20.422.
  2. Propietarios de vehículos de uso particular que deben ser utilizados regularmente para transportar a personas específicas que padecen enfermedades que requieren tratamientos o controles frecuentes en centros de salud. Esta condición debe ser certificada detalladamente por el médico tratante o el centro de salud correspondiente.
  3. Propietarios de vehículos de uso particular que sirven como único medio de transporte para una persona con discapacidad, lo cual debe ser comprobado mediante la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  4. Empresas o instituciones relacionadas con la protección de la salud que requieran el uso de vehículos para servicios de transporte de personas enfermas o discapacitadas hacia centros de rehabilitación, hospitales, clínicas u otros establecimientos de salud. Estas entidades deben solicitar y acreditar la necesidad de este servicio.
  5. Empresas o instituciones dedicadas a la protección de la salud que utilizan vehículos habitualmente para brindar servicios de asistencia médica, consultas o rescates médicos directos. Estas organizaciones deben solicitar y demostrar la necesidad de estos servicios.
  6. Vehículos que prestan servicios para la Comisión Chilena de Energía Nuclear en el transporte de material radioactivo a hospitales y clínicas.
  7. Vehículos pertenecientes a canales de televisión equipados con antenas transmisoras para realizar transmisiones en directo.

Revisa en detalles a través del canal informativo de ChileAtiende cómo solicitarlo y todo lo que debes saber del beneficio.

¿Cuál es la multa por no acatar la Restricción Vehicular?

El monto de la multa varía entre 1 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), sujeto al criterio de los juzgados de policía local para determinar el valor exacto.