Tras el fallo de la Corte Suprema, la Ley Corta ya es una realidad para las isapres y clientes, tras una millonaria deuda por cobros excesivos a afiliados en los que deberán devolver cerca de US$1.200 millones.
Por ello, las isapres deben informar prontamente los mecanismos de devolución y restituir esos cobros a los clientes en los plazos establecidos.
Y una de las últimas novedades es que el fallo de la Corte Suprema también pondrá fin a los excedentes en los planes de los usuarios. Ahora te explicamos qué significa eso.
¿Qué significa que se acaben los excedentes de las isapres?
Desde el 1 de septiembre de 2024 se pondrá fin a los excedentes en las isapres.
Lo primero es aclarar: ¿Qué es un excedente en las isapres?
Esto corresponde a “dinero extra” que se genera para el afiliado dentro de su plan de isapre. Ocurre cuando la cotización legal obligatoria (7%) es mayor al precio del plan de salud que paga la persona.
Lo anterior provoca un monto que “queda libre” y que generalmente las isapres brindan a elección del afiliado para que puedan ocuparlo en pagos de bonos o procedimientos.
Por ejemplo:
- Si el 7% de cotización obligatoria son $110.000 mil.
- Y tu plan de isapre cuesta 100 mil pesos.
- Se van a generar 10 mil pesos al mes y se pueden usar en servicios de pago o se devuelven en enero de cada año (esto son los excedentes).
¿Por qué se acaban los excedentes?
La reciente Ley Corta de Isapres determinó que ningún plan podrá costar menos del 7% de la cotización legal (por esa razón se formaban los excedentes). Por ende, los planes costarán más.
De acuerdo a la Superintendencia de Salud, un total de 518.163 afiliados (31,2%) se encontraban en esta situación con excedentes (abril de 2024).
¿Cómo afecta esto a los clientes?
Afectará a los usuarios, primero, en que ya no tendrán ese “dinero extra” que les quedaba en la isapre para ocuparlo en procedimientos o compra de bonos.
Además, el dictamen de la Ley Corta dice que ningún plan debe ser más barato que el 7% de cotización obligatoria, por lo que estos planes debieran subir en su valor.
Por eso, las isapres deberán aplicar beneficios para compensar el cambio y devolverlos si una persona no los ha ocupado.
Patricio Fernández, exsuperintendente de Salud, explicó que “generalmente las personas que tienen excedentes y un plan con un precio bajo a su 7%, son las que sostienen el sistema“.
“Si ellos concluyen que el alza de su plan no se justifica, lo más probable es que decidan migrar, y en consecuencia los ingresos de las isapres se reducirían”, dijo, a La Tercera.
¿Cuál es el plazo para reponer la deuda con los clientes?
Los plazos de la Corte Suprema para devolver los cobros excesivos son:
- Un máximo de 13 años para devolver deuda a menores de 65 años.
- Hasta 5 años para los mayores de 65 años.
- 2 años para los mayores de 80 años.