El Bono por Hijo se trata de un importante beneficio que reciben las mujeres a través de su pensión de acuerdo a una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.

Sin embargo, este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo o hija, sino que una vez que la mujer se pensiona.

¿Cómo recibir el Bono por Hijo? Requisitos para recibir el beneficio y cómo se postula

Para recibir el Bono por Hijo es importante cumplir con algunas de las siguientes condiciones:

  • Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
  • Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) -que reemplazó a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV)-, a contar del 1 de julio de 2009.
  • Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a contar del 1 de julio de 2009.

Por otra parte, la madre que desee recibirlo debe:

  1. Tener 65 años de edad o más.
  2. Residir en territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Asimismo, tiene que haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.

Postulación

Para postular ingresa a persona.ipsenlinea.cl y sigue estos pasos:

  • Pulsa en “Pilar Solidario y Bono por Hijo”, haz clic en la segunda opción y accede en “Ingresar solicitud Bono por Hijo”.
  • Luego, Haz clic en “ClaveÚnica” y escribe tu RUT y tu clave digital.
  • Finalmente, completa todos los datos que te soliciten y tu solicitud estará lista para postular al Bono por Hijo.

Por otra parte, si te resulta algo complicado el proceso puedes postular a través de una videollamada con algún funcionario de ChileAtiende de lunes a viernes a través de este ENLACE, o bien, acudiendo a una oficina de la misma institución.

¿Cuál es el monto del Bono por Hijo?

El aporte económico que comienza a generar rentabilidad una vez que la hija o hijo nace y equivale a un 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.

  • En el caso que el hijo naciera antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil pesos).
  • En cambio, si nació después del 1 de julio de 2009, el monto corresponderá al ingreso mínimo vigente durante el mes que nació.